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PRÁCTICAS EN ATRA

Comenzamos con las experiencias de nuestros alumnos y nuestras alumnas en las prácticas formativas que están incluidas en el plan de estudios de la séptima edición del Máster. Este módulo cuenta con 300 horas de prácticas en empresas y suele desarrollarse en los últimos meses del curso tras haber impartido la parte teórica del mismo.
Anadía y Rubén son los primeros en contarnos su experiencia. Ambos han realizado las prácticas en la misma empresa aunque en diferentes momentos temporales.
¿Qué es ATRA?
ATRA (Asociación Autónoma de Empresarios de Talleres de Reparaciones de Vehículos de Pontevedra) es una asociación empresarial de la provincia de Pontevedra cuya función es, principalmente, la representación de los intereses del sector de la reparación del automóvil ante las diversas Administraciones Públicas, es decir, la Administración Autonómica, los Organismos Provinciales y las Entidades Locales, así como ante otras agrupaciones sociales o empresariales. Las actividades que implican la realización de dicha función representativa incluyen, entre otras, la elaboración de trámites de tipo administrativo, fiscal, laboral, industrial o medioambiental, contando para ello con el apoyo de personal técnico y de expertos para asesorar y solventar los problemas que puedan surgir en el seno de los talleres.
Además, ATRA cuenta con un centro de formación homologado por la Xunta de Galicia para la impartición de cursos de formación profesional, dirigidos tanto a los ya trabajadores en el sector como a desempleados que quieren actualizar su formación.



¿Cuáles son nuestras tareas y responsabilidades en ATRA?
Actuando como técnicos medioambientales, nuestra labor durante las prácticas recae sobre el desarrollo de las obligaciones medioambientales que, según la legislación vigente, son aplicables a las empresas pertenecientes al sector de reparación de vehículos, esto es:
1. Altas, bajas y modificaciones como pequeño productor de residuos peligrosos en virtud de:
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Decreto 174/2005, de 9 de junio, por el que se regula el régimen jurídico de la producción e gestión de residuos y el Registro General de Productores y Gestores de Residuos de Galicia.
Real decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, básica de residuos tóxicos y peligrosos.
La finalidad de este trámite es que las Administraciones Públicas competentes en materia medioambiental mantengan un registro detallado de todas las empresas productoras de residuos peligrosos, lo cual incluye a los talleres de reparación de vehículos. La mayor parte de las empresas asociadas a ATRA tienen la consideración de pequeños productores, ya que su generación anual de residuos peligrosos no supera las 10 toneladas.
Por ello, sus obligaciones son la inscripción en este registro de los residuos peligrosos que se generan a consecuencia de la actividad desarrollada en el taller así como el correcto almacenaje de los mismos. Así, en la solicitud del alta en el registro se deberá incluir un listado de dichos residuos (aceites, baterías, líquido de frenos, anticongelante, restos de pintura, lodos, etc.) indicando la cantidad anual generada y el código de identificación LER para cada uno de ellos. De igual manera, cada residuo será separado adecuadamente en un bidón o contenedor homologado, correctamente etiquetado y entregado con periodicidad semestral a un gestor de residuos autorizado.
2. Realización de Informes Preliminares de Situación de Suelos, Informes de Situación (cada cinco años tras la presentación del anterior) e Informes de Situación por cese, cambio de nombre o modificación sustancial tal y como se indica en el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, en el cuál se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y estándares para la declaración de suelos contaminados que supone el desarrollo normativo de la Ley10/1998 en materia de suelos. Los talleres de reparación de vehículos están obligados a la realización del mismo por la correspondencia de su CNAE (45.20 Mantenimiento y reparación de vehículos de motor).
La finalidad de este trámite es que las Administraciones Públicas competentes en materia medioambiental puedan conocer la realidad de las condiciones en las que las distintas empresas desarrollan las actividades industriales, en este caso, la reparación de automóviles, para así poder detectar situaciones de riesgo potenciales, derivadas de la presencia de sustancias contaminantes en el suelo.
Para ello, los talleres deberán detallar las actividades o procesos que se llevan a cabo en las instalaciones (mecánica, mantenimiento, chapa, pintura, lavado, etc.), especificar cuál es su sistema de drenaje y los métodos de contención de vertidos de los que disponen, así como incluir un listado de las sustancias, los productos, las materias primas o los residuos (peligrosos y no peligrosos) que se almacenan y explicar las condiciones de almacenamiento de cada uno de ellos.
La revisión quinquenal de estos Informes implica contemplar los cambios que puedan producirse en las instalaciones, como pueden ser la transmisión de titularidad, la ampliación de actividades o las mejoras en cuanto a las medidas de protección adoptadas.
3. Realización de Autodiagnósticos Ambientales de Residuos (AAR). La Ley 10/2008, de 3 de noviembre, de Residuos de Galicia, en su artículo 56 indica la obligación de que todas las actividades industriales y/o empresas que generen residuos industriales deberán realizar autodiagnósticos ambientales con periodicidad anual.
La finalidad de este trámite es que las Administraciones Públicas competentes en materia medioambiental obtengan información actualizada de las acciones de mejora ambiental que llevan a cabo las empresas. Consiste en responder a un breve cuestionario sobre la situación del almacenamiento de residuos y materias primas en el taller (existencia o no de planes de prevención, de colaboración con gestores autorizados y proveedores, grado de segregación de residuos, etc.) y sobre las medidas que se puedan adoptar en cuanto a la optimización ambiental de la actividad, incluyendo la implantación de sistemas de gestión ambiental ISO 14001 y EMAS.
4. Elaboración del Libro de Residuos La Ley10/2008, de 3 de noviembre, de Residuos de Galicia y Real decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley20/1986, básica de residuos tóxicos y peligrosos, establecen la obligación de disponer del Libro de Registro de Productores de Residuos.
Dicho libro será un registro de cada una de las recogidas de los residuos generados, en las que deberá indicarse la cantidad y la periodicidad de la recogida y quién es el gestor autorizado que se encarga de la misma.
5. Licencias de vertidos. Se trata de un obligación medioambiental que deriva de una competencia local, por lo que los requisitos de tramitación para la obtención de la licencia pueden variar en cada municipio.
En caso de aquellos talleres que efectúen vertidos de aguas residuales a la red de saneamiento municipal se deberá solicitar una autorización ante el Ayuntamiento correspondiente en la cual se establecerá los niveles máximos de contaminación para los que está permitido el vertido en la red. En el supuesto de que estos niveles se superen, el Ayuntamiento exigirá la aplicación de los elementos correctores necesarios para revertir tal situación.
Para la solicitud de la autorización de vertidos será necesario calcular los caudales máximos y medios equivalentes, así como el caudal de vertido y determinar cuáles son y cuál es el volumen generado de los residuos o fangos que deriven del ejercicio de la actividad de reparación de automóviles. Asimismo, todos los talleres deben abonar la correspondiente tasa de vertidos.
Nuestra experiencia personal en ATRA
Tras nuestro paso por ATRA, tanto Anadía como Rubén afirmamos estar gratamente contentos con la experiencia adquirida durante el desarrollo de las prácticas. El ambiente de trabajo en ATRA es muy agradable y siempre que hemos necesitado aclarar cualquier duda o cuestión hemos tenido detallada atención y consejo. Una vez adaptados al día a día del trabajo, hemos sido capaces de desarrollar las actividades de manera independiente, estando totalmente integrados en el equipo de la entidad.
“A título personal, destacaría el hecho de haber tenido la oportunidad, durante mis prácticas, de asesorar a las empresas asociadas. No solo porque haya sido una tarea sumamente instructiva para mi futuro laboral si no porque ha resultado muy gratificante el poder ayudar a otras empresas (autónomos, pequeñas y medianas empresas, mayormente) a iniciar o continuar el ejercicio de su actividad desde la adopción de mejoras ambientales sustanciales y del cumplimiento de las tan necesarias obligaciones vigentes”. – Anadía 
¿Quieres saber un poco más de Anadía? Consulta su perfil en este enlace.

“Por mi parte, siento que mi paso por ATRA ha enriquecido mi perfil profesional aportándome las nociones necesarias para poder continuar desarrollando mi carrera en el sector medioambiental. Además, conocer la realidad que se da en el sector automovilístico y cuál es la actuación necesaria para corregir las deficiencias que se dan en los talleres a través del desarrollo normativo supuso un gran aporte personal y profesional que motiva mi interés por el sector”. – Rubén
¿Quieres saber un poco más de Rubén? Consulta su perfil en este enlace.

¡Un saludo a todos!

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