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Patrimonio natural y protección de espacios naturales


Este viernes hemos finalizado las asignaturas de Ciencias Ambientales y Tecnologías Ambientales con la clase correspondiente a Patrimonio Natural, impartida por Gonzalo Méndez Martínez, doctor en Geografía y Técnico Urbanista y actualmente Profesor Titular de Geodinámica Externa en el Departamento de Geociencias Marinas y Ordenación del Territorio de la Universidad de Vigo.

En esta sesión nos hemos centrado en la protección de espacios naturales. Para ello hemos comenzado por analizar los orígenes de este tipo de protección en nuestro país, que se remonta a 1916, con una ley que introdujo la figura de los Parques Nacionales. Desde esa fecha se han ido introduciendo nuevas leyes que han tenido influencia en el estado en que el patrimonio natural ha llegado a nuestros días. Además, hay que tener en cuenta que existen otras normativas que pueden estar relacionadas con este ámbito, como pueden ser la de patrimonio cultural o la urbanística y de ordenación territorial.
Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia (Islas Cíes)

Tras esta introducción hemos estudiado con más detenimiento la situación actual en cuanto a la protección de espacios naturales. Entre la regulación vigente destaca la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Un elemento inicial de esta Ley es la definición de espacios naturales protegidos, que abarca aquellos que contengan sistemas o elementos naturales representativos, singulares, frágiles, amenazados o de especial interés ecológico, científico, paisajístico, geológico o educativo; o que estén dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados.

Una vez precisado qué se entiende por espacio protegido, nos centramos en las distintas categorías de protección: parques, reservas naturales, áreas marinas protegidas, monumentos naturales y paisajes protegidos. Después de analizar las diferencias entre estas figuras también comentamos otros conceptos, como las zonas periféricas de protección (para evitar impactos procedentes del exterior), o las áreas de influencia socioeconómica (para favorecer el desarrollo socioeconómico de las poblaciones locales, que pueden verse afectadas por la protección del territorio).

Por otro lado, los Parques Nacionales están regulados por una ley propia: Ley 5/2007, de la Red de Parques Nacionales. Las características que los diferencian de otras figuras de protección son: que son declarados de interés general del Estado y que son representativos de alguno de los principales sistemas naturales españoles.

También hemos visto cómo afectó a la protección en nuestro país su ingreso en la UE. Inicialmente se adoptó la Directiva de aves, que recoge las “Zonas de Especial Protección de Aves” (ZEPA). Posteriormente, la Directiva Hábitat introdujo los “Lugares de Importancia Comunitaria” (LIC) [o “Zonas de Especial Conservación” (ZEC)]. Estas dos figuras conforman la “Red Natura 2000”.
Red Natura 2000 y Espacios Naturales Protegidos
A continuación comentamos las normativas autonómicas, en las que, además de las figuras recogidas a nivel nacional, pueden existir otras figuras propias.

Por último, estudiamos el Programa Hombre y Biosfera y las Reservas de la Biosfera, que tienen especial importancia para nuestro Máster por vincular la conservación del medio ambiente con un desarrollo económico y humano sostenible. Las Reservas de la Biosfera se dividen en tres zonas (de mayor a menor protección): zona núcleo, zona tampón y zona de transición. Lo más destacable de esta figura es que es la primera que, además de proteger los elementos naturales existentes, también lo hace con las formas tradicionales de explotación sostenible de los recursos naturales.
Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido

Con esta clase de Patrimonio Natural damos por finalizadas las dos primeras materias del curso y el próximo miércoles comenzaremos con Evaluación Ambiental Estratégica.

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