Legislación Ambiental con Juan José Pernas y Javier Sanz Larruga
En la sesión del miércoles 20 se impartió la segunda clase de Legislación Ambiental contando con Juan José Pernas como docente, Profesor Titular de Derecho Administrativo en la Universidade da Coruña y miembro del OPA, AEDA y director académico de la revista Actualidad Jurídica Ambiental.
En una primera parte se expusieron algunas de las técnicas más habituales dentro de protección ambiental como la utilización de instrumentos regulativos: preventivos, como puede ser el desarrollo de reglamentación, la imposición de valores límite para las emisiones, o la inmisión, la EIA, autorizaciones ambientales y planificación ambiental. En el caso de incumplimiento toman relevancia instrumentos de represión y reparación tales como la disciplina ambiental, la exigencia de responsabilidades penales por delito ecológico, o la responsabilidad por daño, entre otras.
Las administraciones cuentan también con instrumentos de corresponsabilidad para incentivar el uso de buenas prácticas que favorezcan el cumplimiento de los objetivos de protección medioambiental, como son los instrumentos incentivadores de mercado: ecoetiquetado ecológico, ecogestión y ecoauditorías, impuestos ecológicos, permisos negociables…
Juan José Pernas |
Profundizamos también en el Convenio de AARHUS, jurídicamente vinculante, relativo al acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia, plasmado en diversa normativa comunitaria y nacional, en este último caso recogida en la Ley 27/2006.
La mencionada Ley recoge el derecho al acceso y obtención de la información ambiental, donde se defiende un papel activo de la Administración para la difusión de la misma. Cabe destacar su carácter público y gratuito, sin necesidad de justificación de la petición. La negación administrativa al suministro de la información solicitada debe ampararse bajo argumentos de seguridad nacional, formulación abusiva, o confidencialidad, cuando así lo prevea la normativa vigente. Ante esto es relevante recalcar la importancia de facilitar el derecho de acceso a la justicia para que cualquier persona física o jurídica pueda establecer recursos de apelación en aquellos casos en que se deban revisar decisiones que vulneren los derechos de información y participación.
En la sesión del jueves estuvo de nuevo con nostros Javier Sanz Larruga, Catedratico de Derecho Administrativo de la Universidade da Coruña y uno de los mayores expertos en Derecho Ambiental de nuestro país.
Comenzamos la clase centrándonos en la Política Ambiental de la UE y su aplicación en los Estados Miembros. En primer lugar analizamos sus orígenes. Aunque ya en los años setenta surgieron algunos indicios, fue a partir de los ochenta cuando se introdujo el medioambiente con el Acta Única de 1986 y, posteriormente, se fue ampliando con el Tratado de Maastricht de 1992, el Tratado de Amsterdam de 1997 o el Tratado de Lisboa de 2007.
Javier Sanz Larruga |
A continuación estudiamos el Derecho primario, que incluye los Tratados constitutivos de la UE. Entre sus principios generales podemos citar el principio de integración, que establece que la protección ambiental debe integrarse en la definición y realización de todas las políticas y acciones de la UE. También nos detuvimos en los objetivos específicos, como la conservación, protección y mejora de la calidad del medio ambiente; la protección de la salud de las personas o el fomento a escala internacional de medidas destinadas a hacer frente a los problemas ambientales.
Posteriormente comentamos los principios específicos, como un nivel de protección elevado, la acción preventiva, la cautela o precaución, la corrección en la fuente o el principio de “quien contamina paga”. Acto seguido hablamos sobre los criterios de actuación, que recogen que la UE debe tener en cuenta, a la hora de elaborar su política medioambiental, aspectos como los datos científicos y técnicos disponibles, las condiciones del medio ambiente en las diversas regiones de la Unión o las ventajas y las cargas que puedan resultar de la acción o de la falta de acción. Por último, comprobamos que las competencias son compartidas entre UE y Estados Miembros, siendo estos últimos los encargados de la ejecución y financiación.
Para finalizar la parte teórica de la sesión analizamos las medidas represivas, las responsabilidades, que complementan a las medidas preventivas. De esta forma, comprendimos las diferencias entre las distintas modalidades de Responsabilidad Ambiental: Administrativa, Penal, Civil y Medioambiental.
Para entender mejor estos aspectos, comentamos un caso práctico de gran relevancia y actualidad como es el caso del Prestige, en el que Javier Sanz Larruga nos explicó la sentencia, del mismo modo que hace en su blog personal, al que podéis acceder en los siguientes enlaces:
En la última parte de la sesión expusimos de forma oral unos trabajos prácticos que previamente habíamos realizado por grupos. El tema analizado era la sostenibilidad en el ámbito marino y protección ambiental, y cada grupo se centró en uno de los siguientes casos:
- Proceso de almacenamiento de gas en el antiguo pozo de petróleo en la costa de Tarragona (Proyecto Castor)
- Plan de implantación de un parque eólico marino en el litoral español y, en particular, en la costa de Galicia
- Proyecto de explotación de recursos de hidrocarburos en aguas costeras en las Islas Canarias
- Área marina protegida de interés pesquero en la costa de Galicia: reserva pesquera “Os Miñarzos”
- Servicio de transporte de visitantes en barca al Parque Nacional de Islas Atlánticas
Esta actividad nos sirvió para acercarnos de forma práctica al Derecho Ambiental, para lo que se nos pedía que trabajáramos en los siguientes aspectos:
- Identificar los conflictos que se están dando o se pueden dar en relación con dichas actividades.
- Buscar y localizar las normas jurídicas que regulan estos asuntos a todos los niveles posibles (comunitario, estatal, autonómico, local).
- Señalar, si es posible, las soluciones jurídicas a dichos conflictos o si son temas que no puede resolver la normativa aplicable.
Para finalizar la asignatura de Legislación Ambiental tendremos dos sesiones más con Juan José Pernas, que serán impartidas los días 27 y 29 de noviembre.